Bloque Magisterial pretende apoderarse de los fondos previsionales de 250 mil maestros afiliados a la Derrama Magisterial
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El Congreso no puede desconocer la finalidad solidaria de los aporte a Derrama Magisterial.
El inconstitucional Texto Sustitutorio de 10 proyectos del Bloque Magisterial es una maniobra disfrazada de “democratización” para apoderarse y destruir el sistema privado de previsión social de 250,000 maestros afiliados a La Derrama Magisterial.
Alertamos a los legisladores y a la opinión pública lo siguiente:
- El Texto Sustitutorio del Dictamen vulnera el artículo 103o de la Constitución, ya que sólo se pueden expedir leyes especiales cuando así lo exige la naturaleza de las cosas, pero no por razón de la diferencia de personas. Es decir, la propuesta legislativa del Dictamen es inconstitucional porque sería una ley especial para la Derrama Magisterial.
- La Derrama Magisterial es una persona jurídica de derecho privado, originada por iniciativa de los sindicatos magisteriales y no por el Estado. Posee autonomía administrativa, económica y financiera. La modificación de sus estatutos, corresponde exclusiva y autónomamente a La Derrama Magisterial. Sólo puede ser propuesta por sus órganos de gobierno, y una vez acordada por éstos, debe ser aprobada por el Ministerio de Educación. Esta aprobación sólo significa la aplicación de procesos administrativos del Estado a efectos de asegurar que se cumplan con los fines establecidos. Sólo se pueden modificar por ley los estatutos sociales de personas jurídicas de derecho público, pero en ningún caso se pueden modificar por ley, ni por el MINEDU, los estatutos sociales de una persona jurídica privada como es La Derrama Magisterial.
- El Texto Sustitutorio vulnera el principio constitucional de la libertad de contratación contemplado en el art. 62o de la Constitución Política que señala: “(…) los términos contractuales [como es el acuerdo que cada maestro suscribe en su Declaración de Asociado a La Derrama Magisterial] no pueden ser modificados por leyes (…)”. También viola el art. 10o del Constitución, que reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social.
- Asimismo, vulnera el derecho fundamental de asociación establecido en el art. 2o inciso 13 de la Constitución, que contempla la facultad de auto organización, la que además está reconocida ampliamente por diversas jurisprudencias del Tribunal Constitucional. También vulnera el derecho social fundamental de libertad sindical que tutela el art. 28o de la Constitución y el Convenio 87 de la OIT.
- Los afiliados a La Derrama Magisterial son los profesores nombrados de la educación básica regular, superior tecnológica y pedagógica, que trabajan para el sector Educación. El aporte es individual y voluntario; es decir, cada maestro suscribe voluntariamente un acuerdo privado con La Derrama Magisterial por el que decide aportar al fondo intangible que se dedica a la atención de los beneficios de retiro, invalidez y fallecimiento. Desde hace más de 26 años, La Derrama Magisterial está bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), lo cual garantiza la idoneidad y transparencia en la administración de los recursos.